Centro de Conciliación

El Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado” de la Universidad de Nariño cuenta con más de 30 años de experiencia al servicio de la comunidad, estando acreditado en alta calidad por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC).

  • Información general del centro
  • Misión
  • Visión
  • Principios

El Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado” de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Nariño, es una institución autorizada por el Ministerio Justicia y del Derecho, que tiene como fin ofrecer un servicio de alta calidad a la comunidad del departamento de Nariño, destinado a la pronta y eficiente solución de conflictos a través de la conciliación.

Misión

El Centro de Conciliación promueve la resolución pacífica de los litigios por medio de la aplicación de mecanismos alternativos de solución de conflictos, que permitan el desarrollo de espacios de convivencia ciudadana en la región.

Igualmente permite la práctica jurídica a estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Nariño como parte de la formación integral de seres humanos, ciudadanos y profesionales, a través del ejercicio ético de la profesión.

Visión

El Centro de Conciliación cuenta con reconocimiento en el ámbito regional y nacional por la aplicación de la justicia autocompositiva y de consenso, con apoyo interdisciplinar, orientado a sectores vulnerables, contribuyendo a la creación de valores humanos, la paz, la convivencia, la justicia social y la formación académica e investigativa.

Principios

Son principios que orientan el servicio prestado por el Centro de Conciliación: la imparcialidad, confidencialidad, debido proceso, igualdad, ética, eficiencia, gratuidad y respeto por el otro.

Gratuidad: El servicio de consultorio se prestará de manera gratuita especialmente a los sectores sociales más deprimidos.

Eficiencia: Toda actuación del consultorio responderá a criterios de eficiencia y eficacia, siempre en consideración a la tipología del asunto, al tiempo y a los recursos disponibles para su desarrollo y ejecución.

Prevalencia del derecho alternativo: En toda actuación se preferirá la solución alternativa del conflicto frente a los procedimientos judiciales, cuando así lo permitan las normas del derecho.

Imparcialidad: Mediante el trámite de un proceso conciliatorio se verla por no poner en desventaja a ninguna de las partes involucradas.

Igualdad: Se realiza un proceso donde prevalezca el acceso a los mismos medios de interlocución de las partes, garantizando la igualdad atribuida por la constitución y las leyes.

Confidencialidad: Se garantiza que las partes puedan entablar un diálogo sin miedo de que sus palabras no se vuelvan en contra; se evidencia dentro de la diligencia de audiencia de conciliación.

Debido proceso: El centro de conciliación garantiza los derechos provenientes de la realización de un proceso judicial conforme la Constitución y las leyes.

 

  • Servicios
  • ¿Qué es la conciliación?
  • Ventajas de la conciliación
  • ¿Quién es el conciliador?
  • Trámite audiencia de conciliación

Servicios:

POBLACION OBJETO – La población objeto del Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado” a quien presta sus servicios, corresponde a la población del Departamento de Nariño y en especial a la ciudadanía de Pasto de estratos económicos 1,2, 3 y personas que se encuentren en situación económica precaria y población vulnerable, como personas en situación de desplazamiento forzado, madres comunitarias activas, discapacitados, padres o madres cabeza de familia, adultos mayores y miembros de minorías étnicas

El Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado” ofrece los siguientes servicios:

  • Conciliación totalmente gratuita, y de atención preferente a población de escasos recursos.

  • Solución alternativa de conflictos en las áreas: civil, comercial, familia, y en general en cualquier asunto susceptible de transacción o desistimiento.

  • Formalización de acuerdos de apoyo – Ley 1996 de 2019.

  • Jornadas de atención descentralizada: Organización de jornadas de conciliación en municipios, localidades, barrios o sectores.

  • Formación y extensión: Diplomado en Conciliación en Derecho, con aval del Ministerio de Justicia y del Derecho.

  • Formación, cursos, seminarios y talleres en torno al tema de los Métodos Alternativos de solución de conflicto

¿Qué es la conciliación?

Según el Programa Nacional de Conciliación impulsado por el Ministerio de Justicia y Derecho, la conciliación “es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador”.

Así pues, la conciliación es un acto jurídico mediante el cual se realiza el acercamiento de los distintos intereses de las personas intervinientes con el fin de llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes, teniendo de presente que la diligencia cuenta con el consentimiento y la voluntad de solucionar un conflicto.

Ventajas de la conciliación

CARACTERÍSTICAS

PROCESO JUDICIAL

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Control del proceso y resultado

Juez

Partes

Tiempo

Años

Horas

Costo

Mayor tiempo – mayores costos económicos y emocional

Menor tiempo menor costo

Resultado

Sentencia impuesta por el Juez

Acuerdo creado por las partes

Información

Pública

Confidencial

Se busca

Responsables culpables

Soluciones

Visión

Pasado

Futuro

Las partes se encuentran

Enfrentadas

Socios colaboradores

Relaciones interpersonales comerciales y familiares

Se rompen

Se mantienen y mejoran

Cumplimiento de la solución

Menor posibilidad de cumplimiento

Mayor posibilidad de cumplimiento

¿Quién es el conciliador?

  • El conciliador debe ser una persona natural.

  • Es un tercero ajeno al conflicto.

  • Es neutral e imparcial.

  • Está capacitado en Conciliación conforme la ley 640 de 2001.

  • Debe estar inscrito ante un centro de conciliación.

  • Es un guía y facilitador de la comunicación.

  • Es una persona capacitada en habilidades de negociación.

  • No es un juez, es decir, no resuelve por sí mismo un litigio, sino que propicia los medios adecuados para una solución.

El trabajo de un conciliador es de medio y no de resultado, es decir que no se garantiza la obtención de un resultado completamente favorable para quien solicita la atención, toda vez que la conciliación es un acercamiento de las partes en conflicto que por su propia voluntad aceptan un acuerdo como a bien consideren. No obstante, el conciliador tendrá en cuenta las consideraciones legales que requiera el asunto para que el acuerdo se ajuste a derecho y no afecte negativamente los derechos y las obligaciones que contraigan las partes.

Competencias del centro de conciliación “Eduardo Alvarado hurtado”

Se podrán conciliar todas las materias que sean susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación, como por ejemplo:

  • Conciliación respecto de conflictos provenientes de contratos.

  • Conciliación respecto de acreencias derivadas de títulos valores, tales como letras de cambio o pagarés.

  • Conciliaciones relacionadas con las obligaciones de familia, como fijación de cuota alimentaria, exoneración, aumento o disminución. Régimen visitas y custodia, entre otros.

  • Conciliaciones para la declaración de Uniones Maritales de Hecho.

  • Suscripción de acuerdos de apoyo para personas mayores de edad con discapacidad, conforme el Art. 17 y siguientes de la ley 1996 de 2019.

Trámite audiencia de conciliación

Se verificarán las circunstancias del asunto y si es admisible, por lo cual se estudiará si el asunto es conciliable o no, conforme las competencias radicadas en el centro de conciliación.

Una vez verificada la solicitud y admitida por el Centro de Conciliación, se realizan las citaciones a las partes, con la indicación de la fecha, hora y medio por el cual se desarrollará la audiencia de conciliación.

Para tal efecto, se designará un estudiante adscrito al Centro de Conciliación, a efectos de que sirva de tercero neutral y mediador entre las partes en la audiencia de conciliación; así mismo, se designará a un estudiante que sirva de asistente para la proyección de los posibles resultados de la audiencia.

Como realizar una solicitud

Si estás interesado en resolver tu conflicto de manera pacífica y eficaz, nuestro Centro de Conciliación está a tu disposición. Haz clic en el botón siguiente para informarte como hacer una solicitud de conciliación.

clic

  • Información de coordinación
  • Preguntas frecuentes
  • Horario de atención

JULIO JAVIER LEYTON PORTILLA

Director General Consultorios Jurídicos y Centro de Conciliación

Diana Milena Caicedo Urbano

DIANA MILENA CAICEDO URBANO

Coordinadora Centro de Conciliación

DEYANIRA LÓPEZ

Secretaría

Preguntas frecuentes

  1. ¿Puedo enviar a un familiar para que me represente en la audiencia de conciliación? No. únicamente pueden asistir a la audiencia las partes o abogados debidamente facultados para representar a la parte.

  2. ¿Si estoy convocado a una audiencia de conciliación significa que alguien me ha demandado? No, la citación para asistir a una audiencia de conciliación es incluso para evitar una demanda, puesto que tiene la finalidad de acordar voluntariamente una forma alternativa para solucionar un conflicto.

  3. ¿Tengo que pagar alguna suma de dinero por los servicios que presta el Centro de Conciliación? El Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado” presta sus servicios de forma gratuita, atendiendo las condiciones económicas de los usuarios.

  4. ¿Qué documentos debo presentar en la audiencia de conciliación? Se debe asistir con la cédula de ciudadanía; o un documento que acredite la identificación de la parte a conciliar.

  5. ¿Se prestan servicios de audiencias de conciliación virtual? Actualmente el Centro de Conciliación de la Universidad de Nariño se encuentra habilitado para realizar las diligencias y audiencias de conciliación por medios virtuales.

  6. ¿Se puede asistir a la audiencia con familiar o amigo que no tenga que ver con el asunto? No, en atención al principio de confidencialidad, personas ajenas al conflicto no pueden asistir a las audiencias de conciliación.

  7. ¿Qué sucede si no puedo asistir el día de la audiencia de conciliación? Se tiene que presentar justificación, la cual se verificará por parte de coordinación y la contraparte, para que eventualmente se aplace la diligencia.

 

Horario de atención

Lunes a viernes

08:00 a m a 12:00 m.

02:00 pm a 06:00 pm.

Ubicación

El Centro de Conciliación “Eduardo Alvarado Hurtado”, tiene su sede en el Municipio de Pasto, Departamento de Nariño, República de Colombia, en la Calle 19 con carrera 22 esquina, primer piso, Consultorios Jurídicos de la Universidad de Nariño – Sede centro.

Certificación

Certificado en alta calidad

Certificado por ministerio de Justicia y del derecho para servir como Centro de Conciliación.

Certificado para la realización de acuerdos de apoyo conforme la ley 1996 de 2019.

Canales de comunicación

Teléfono fijo: 6027244309 – Ext. 2905

Celular. 3133759076

Quejas, reclamos y solicitudes: centrodeconciliacion@udenar.edu.co

Radicación de solicitudes de conciliación: solicitudesconciliacion@udenar.edu.co